Amonestación Pública a Miguel Antonio Osuna Millán precandidato del Pan - TIJUANA NOTICIAS

jueves, 2 de abril de 2009

Amonestación Pública a Miguel Antonio Osuna Millán precandidato del Pan



R E S O L U C I Ó N DE CONSEJO DISTRITAL IFE 06


TIJUANA BC.-PRIMERO.- Se declara parcialmente fundada la presente queja, relativa al Procedimiento Especial Sancionador con número de expediente PE/PRI/CD06/BC/002/2009, promovida por el C. Lic. Roberto Tomás García Ventura, representante propietario del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo Distrital del Instituto Federal Electoral en Baja California, en contra del C. Miguel Antonio Osuna Millán precandidato del Partido Acción Nacional a la diputación por el 06 Distrito Electoral Federal de Baja California, por hechos que considera constituyen infracciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en los términos de los considerandos 10 y 11 de esta resolución.
SEGUNDO.- En virtud de que la conducta que se sanciona es imputable exclusivamente al ciudadano C. Miguel Antonio Osuna Millán, conforme a lo establecido en el artículo 60, numeral 1, inciso c) fracción III, parte segunda, del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Federal Electoral, no procede imponer sanción alguna al Partido Acción Nacional, como lo pretende el promovente en su escrito de queja, en los términos del considerando 12 de esta resolución.
TERCERO.- Se declara infundado el agravio esgrimido por el actor mediante el cual pretende se imponga sanción alguna al Director de la Dirección de Servicios Públicos Municipales del Gobierno Municipal del XIX Ayuntamiento de Tijuana, en términos de lo dispuesto en el considerando 13 de esta resolución.
CUARTO.- En virtud de que se considera que la falta no es grave, conforme a lo establecido en el artículo 61 del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Federal Electoral, se impone Amonestación Pública al C. Miguel Antonio Osuna Millán precandidato del Partido Acción Nacional a la diputación por el 06 Distrito Electoral Federal de Baja California.
QUINTO.- Se ordena al C. Miguel Antonio Osuna Millán precandidato del Partido Acción Nacional a la diputación por el 06 Distrito Electoral Federal de Baja California el retiro inmediato de la propaganda motivo de la presente queja.
SEXTO.- En caso de no cumplirse con los puntos resolutivos de la autoridad, se tomarán los medios de apremio que establece la legislación electoral vigente.
SÉPTIMO.- Notifíquese la presente resolución de manera personal a los interesados.
OCTAVO.- En su oportunidad archívese el presente expediente, como asunto total y definitivamente concluido.

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