martes, 31 de mayo de 2011
CONGRESO APRUEBA PREPARATORIA GRATUITA
Acepta observaciones del Ejecutivo en Ley de Alcoholes y desayunos escolares gratuitos∙
Aprueba congreso Seguro vehicular obligatorio
Mexicali, B.C.- En lo que fue la última sesión correspondiente al segundo período ordinario de la XX Legislatura, el Pleno de la Asamblea aprobó una Iniciativa de Reforma para que el Estado imparta de forma gratuita la educación hasta el nivel medio superior y una más para establecer el seguro vehicular obligatorio. Además, el Congreso del Estado aceptó las observaciones hechas por elEjecutivo del Estado en torno a los desayunos escolares gratuitos y la Ley de Alcoholes, durante la sesión de clausura que fue conducida por el Diputado Marco Antonio Vizcarra Calderón, Presidente saliente de la Mesa Directiva. Respecto a la gratuidad en educación preparatoria, el Pleno aprobó el dictamen número 1 de las Comisiones Unidas de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales; de Reforma del Estado y de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, por medio del cual se reformaron los artículos 7 y 8 de la Constitución local y los 5 al 7 de la Ley de Educación del Estado. El dictamen fue aprobado de manera unánime en lo general por la Asamblea, pero la Diputada María del Rosario Rodríguez Rubio propuso una reserva, con la finalidad de que la gratuidad se aplique en forma progresiva y de acuerdo a un estudio socioeconómico que quedaría a cargo del Sistema Educativo Estatal. De acuerdo con la reserva, la cual fue aprobada por mayoría, en el año 2012 se aplicará un descuento del 25 por ciento en las inscripciones; en 2013, el 50 por ciento; en 2014 el 75 por ciento y en 2015 el 100 por ciento. Sin embargo, en forma inmediata se aplicará la gratuidad en aquellos casos en que se demuestre que el alumno carece de medios económicos para pagar la colegiatura. Por otra parte, los congresistas locales aprobaron el dictamen número 3 de la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Conurbación, Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, a través del cual se reformaron los artículos 7, 17, 26, 27 y 29 y adicionó un artículo 18 bis a la Ley que Regula los Servicios de Control Vehicular en el Estado. El objeto de la reforma es establecer la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil al conducir un vehículo, el cual ampare los daños que se lleguen a ocasionar a terceros, en su persona y en sus bienes, con motivo de un accidente de tránsito. El seguro de responsabilidad civil deberá amparar por los menos, en concepto de daños a terceros en su persona y en sus bienes, el monto de cuatro mil 350 veces el salario mínimo general vigente. Respecto a los vehículos registrados o procedentes de otras entidades federativas, o del extranjero, deben contar con un seguro de responsabilidad civil durante el tiempo que circulen en el Estado, el cual deberá amparar cuando menos, los conceptos y el monto que se señala arriba; en caso contrario, se sancionara a los conductores en términos de la disposiciones municipales que resulten aplicables, en tanto que Los vehículos destinados al transporte público observaran las disposiciones que en dicha materia se establezcan.
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