miércoles, 1 de junio de 2011
ENTRA EN VIGOR REFORMA PARA SANCIONAR EL PECULADO COMO DELITO GRAVE
· A partir del 27 de mayo se incluyó en el catálogo de delitos que no alcanzan libertad bajo fianza
Mexicali, B.C.- A partir del dÃa 27 de mayo, se encuentra en vigor la reforma al artÃculo 155 del Código de Procedimientos Penales cuya finalidad es incluir en el catálogo de delitos graves el peculado, anunció el Diputado Juan Montejano de la Torre. El también Presidente de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, dijo que el dictamen surgido de su Iniciativa fue publicado en el Periódico Oficial del Estado en la fecha arriba mencionada, por medio del cual se reforma el artÃculo 155, denominado “Delitos Graves y Principios de Proporcionalidad”.
Montejano de la Torre señaló que el objetivo de la reforma es fortalecer el Estado de Derecho, a través de la reforma al artÃculo 155 fracción III del Código de Procedimientos Penales del Estado de Baja California, para que el delito de Peculado sea considerado como grave, en consecuencia de lo anterior, quien sea procesado por este delito, no alcance el beneficio de caución que contempla el mismo ordenamiento procesal.
Lo anterior, abundó, es que aquel funcionario que cometa malversación de fondos por un monto superior a dos mil veces el salario en la región, no pueda enfrentar el respectivo proceso penal en libertad, sino que el juez deberá ordenar de manera oficiosa su encarcelamiento hasta en tanto se dicte sentencia definitiva.
Por último, el Diputado Montejano precisó que el delito de peculado, está considerado por la legislación penal, dentro del apartado denominado “delitos cometidos por servidores públicos” en tal sentido, dijo que habrá que considerar este delito visualizándolo desde la idea no solo de la falta cometida por servidores públicos, sino también, como un delito de carácter patrimonial, ello en virtud de que el tipo legal reformado tiene como uno de sus fines primordiales proteger el erario público.
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