· No prejuzga ni condiciona la decisión que adopte el Legislativo, sólo asegura la atención del asunto en un plazo predeterminado
· En la apertura de cada período ordinario, el Ejecutivo podrá presentar hasta dos iniciativas para trámite preferente
Mexicali B.C .- El pleno del Congreso del Estado recibió para su análisis una propuesta de reforma constitucional a fin de adoptar la figura de “Iniciativa Preferente en favor del Gobernador del Estado”, cuyo objetivo es garantizar que el Congreso local se pronuncie acerca del asunto en cuestión en un plazo predeterminado, sin vulnerar su facultad de modificar, aprobar o rechazar las iniciativas del Ejecutivo.
La propuesta fue planteada durante la sesión ordinaria celebrada este día bajo la conducción del Presidente de la Mesa Directiva del Congreso local, Diputado Carlos Murguía Mejía, donde la Diputada Lizbeth Mata Lozano presentó a nombre de las fracciones parlamentarias del PAN y del PRI la Iniciativa para reformar los artículos 22, 36 y 49 de la Constitución Política del Estado.
El objetivo es incorporar a la Carta Magna local un nuevo mecanismo de diálogo legislativo entre Poderes, inédito en Baja California pero de reconocida experiencia normativa y práctica en otras naciones democráticas y en otros Estados del País, según expuso la Inicialista.
De acuerdo con la propuesta, el día de la apertura de cada período de sesiones ordinarias, el Gobernador del Estado podrá presentar ante el Congreso hasta dos Iniciativas para trámite preferente, o señalar con ese carácter alguna que hubiere presentado en períodos anteriores y no hayan sido votadas en el Pleno del Congreso.
Cada Iniciativa deberá ser discutida y votada en las Comisiones de dictamen legislativo que corresponda, así como en el Congreso del Estado, durante el período de sesiones ordinarias en que se presente. Si no fuera así, la Iniciativa, en sus términos y sin mayor trámite, será el primer asunto que deberá ser discutido y votado en la última sesión de dicho período.
La Ley orgánica del Congreso regulará el trámite legislativo de las Iniciativas que presente el Gobernador o señale con carácter preferente, así como las sanciones aplicables a los Diputados que infrinjan los plazos y términos previstos en la propia Constitución local.
La Iniciativa fue turnada a las comisiones de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales y a la de Reforma del Estado.
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