* Garantizar que desarrolladores de nuevos fraccionamientos garanticen espacios de áreas verdes, escuelas y otros servicios el objetivo
Mexicali,B.C.- El Diputado David Lozano Pérez, presentó una iniciativa ante el Pleno del Congreso donde propone realizar una serie de reformas a la Ley de Desarrollo Urbano del Estado con la intención de garantizar que las desarrolladoras cumplan con los requisitos de construcción y designación para áreas verdes, escuelas y otros servicios que la ley exige.
El Diputado integrante del Grupo Parlamentario del PRI explicó que esta propuesta intenta agregar una fracción VI al artículo 172; un segundo párrafo al artículo 189, otro más al artículo 190 para evitar que los beneficios que el habitante puede tener con la construcción de un nuevo fraccionamiento “se ensucien cuando a estos no se les presta servicios públicos de calidad”.
En ocasiones, dijo el Legislador, el habitante tiene que pagar un servicio particular para que se le recoja la basura, o tiene que pagar a la Comisión Federal de Electricidad por el alumbrado público; o peor aún que por falta de coordinación entre Ayuntamientos y desarrolladores, “porque estos no cuentan dentro de sus fraccionamientos con servicios públicos indispensables para una vida digna y sana”.
“La ley es muy clara al mencionar, que cada municipio debe de contar con un Plan Municipal de Desarrollo Urbano el cual debe de integrar lineamientos, estrategias y disposiciones encaminadas a ordenar y regular los centros de población en su territorio”, indicó.
Por lo tanto, advirtió Lozano Pérez, el trámite de entrega de un fraccionamiento se debe de iniciar en el Ayuntamiento en el área de administración urbana y en la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado para que una vez terminada las acciones de urbanización, las dependencias antes mencionadas levanten las actas de certificación aprobatorias de los trabajos de los desarrolladores.
“Con estas reformas que se proponen a la Ley de Desarrollo Urbano lo que se pretende es que las autoridades cuenten con un término para expedir estas actas de certificación y no se deje al arbitrio de estas y con ello que pase un lapso de tiempo muy prolongado para expedir las actas”, explicó.
De acuerdo al Reglamento de Fraccionamientos del Estado, agregó, cuando el fraccionador considere que alguna obra ha quedado concluida, puede solicitar que esta sea recibida, y la autoridad deberá recibir siempre y cuando se encuentre edificada en un mínimo del 65% de los lotes urbanizados, y si el permiso del fraccionamiento se otorgó para su desarrollo total, se puede recibir éste cuando tenga una ocupación del 55%.
“Una vez ingresada esta información se realizan inspecciones que el Ayuntamiento debe supervisar que estén de acuerdo a lo programado, como son forestación / área verde, alumbrado, señalamientos, pluviales, vialidades y catastro, las cuales deben de finalizar en un Dictamen Positivo para que el Municipio pueda recibir el fraccionamiento, así como también debe dictaminar las Comisiones de Servicios Públicos Estatales y la Comisión Federal de Electricidad, lo referente a los sistemas de agua potable y alcantarillado, y alumbrado público respectivamente; de no ser así queda bajo la responsabilidad del urbanizador el cumplir con las obligaciones de prestar los servicios públicos, como recolección de basura, seguridad pública, bomberos, etc.”, detalló.
Finalmente, el Diputado David Lozano destacó la importancia de agilizar la entrega-recepción de los fraccionamientos, para lo cual los ayuntamientos se deben de comprometer a realizar las inspecciones en un lapso corto de tiempo, una vez que ya sean dictaminados como positivos, estos no deben de esperar para que sean turnados a Sesión de Cabildo para su aprobación final.
“Con las reformas a la Ley se buscan básicamente incluir dentro del proyecto ejecutivo de la acción de urbanización una póliza de garantía y con ello obligar a los urbanizadores a que cumplan con el proyecto inicial; contar con un plazo que no exceda de los sesenta días para que las autoridades que les corresponde realizar las actas de certificación cumplan con este plazo; y la sanción pecuniaria que tendrán los fraccionadores cuando incumplan en el proyecto inicial”, concluyó.
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