EL CONGRESO EXHORTARÁ AL EJECUTIVO PARA QUE PUBLIQUE LA REFORMA DE JUICIO ABREVIADO - TIJUANA NOTICIAS

miércoles, 4 de julio de 2012

EL CONGRESO EXHORTARÁ AL EJECUTIVO PARA QUE PUBLIQUE LA REFORMA DE JUICIO ABREVIADO



TIJUANA B.C.-“Si el Ejecutivo no lo manda publicar en el Periódico Oficial del Estado, el Congreso podría ordenar su publicación directamente”, advierte Diputado Juan Montejano



Al llegar a su término el plazo constitucional para que el Ejecutivo ordene la publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE) de la reforma al Código de Procedimientos Penales, en materia de juicio abreviado, el Congreso local lo exhortará a que haga lo conducente.

Así fue dado a conocer por el Presidente de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales de la Vigésima Legislatura, Diputado Juan Montejano de la Torre, quien explicó que en sesión ordinaria del pasado día 29 de mayo del presente año, fue aprobado por mayoría el dictamen número 5 de la citada Comisión Legislativa y se creó el Decreto 214, que debía ser observado o promulgado, por el Gobernador del Estado.

Montejano de la Torre indicó que de acuerdo con la reforma al artículo 34 de la Constitución del Estado, el Ejecutivo podrá hacer observaciones a un proyecto de Decreto que haya sido aprobado por el Poder Legislativo, en cuyo caso podrá negarle su sanción y devolverlo con sus acotaciones a esta Soberanía, dentro de los quince días siguientes a aquel en que se le haga saber.

Pero, de acuerdo con la norma constitucional, se dará por aprobado todo proyecto que no se devuelva con observaciones al Congreso dentro de los mencionados términos y vencido este plazo, el Ejecutivo dispondrá aún de diez días para promulgar y publicar la ley o decreto.

El Decreto 214 en cuestión, precisó el Diputado Juan Montejano, se refiere a la reforma al artículo 387 del Código de Procedimientos Penales, el cual establece que el procedimiento abreviado se tramitará únicamente a solicitud del Ministerio Público, en los casos en que el imputado admita el hecho que le atribuye aquel en su escrito de acusación.

Sin embargo, la reforma aprobada por la XX Legislatura refiere que no procederá el procedimiento abreviado, y en consecuencia se desarrollará la audiencia del debate de juicio oral, cuando se trate de delitos graves previstos por la Constitución Federal o por el citado Código.

Para rematar, el Congresista dijo que se exhortará al Gobernador del Estado a fin de que publique el citado Decreto, pero en caso de que así no lo hiciera, el Congreso local hará valer su facultad constitucional y lo enviará a publicar en el POE directamente.

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