Luis Aguilar señaló que Víctor Manuel López NO ADJUNTÓ en su solicitud de relección, NI PRESENTÓ durante el presente procedimiento, el documento original (Titulo Profesional) que lo acredite como Profesionista en nivel Licenciatura, lo cual se desprende del expediente de relección integrado por esta H. Comisión de Reglamentos y Asuntos Jurídicos, no obstante que en su momento oportuno fue señalado por el suscrito y mis compañeros representantes de partidos políticos ante el Consejo General Electoral (escrito presentado ante la Comisión el día 05 de octubre del año en curso).
Por tanto, el representante el PAN solicitó a esta H. Comisión Permanente atienda el presente escrito, valorando los señalamientos aquí vertidos, así como todas y cada una de las constancias que obran en el expediente de cuenta, considerando y determinando que el C. Víctor Manuel López Magallón NO REUNE LOS REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD indicados en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, y en consecuencia, NO DEBE SER REELECTO AL CARGO DE DIRECTOR GENERAL del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Baja California
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