PRESENTAN CONSEJEROS EVALUACION DE LOS PORTALES DE TRANSPARENCIA - TIJUANA NOTICIAS

miércoles, 5 de diciembre de 2012

PRESENTAN CONSEJEROS EVALUACION DE LOS PORTALES DE TRANSPARENCIA


· REALIZAN DIAGNÓSTICO DE UNIDADES DE TRANSPARENCIA DE SUJETOS OBLIGADOS
· EXPLICAN LINEAMIENTOS DE ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN EN PORTALES DE TRANSPARENCIA.

MEXICALI, BAJA CALIFORNIA; A 05 DE DICIEMBRE DE 2012.- CONSEJEROS DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA DIERON A CONOCER ESTE DÍA LOS RESULTADOS DE LA SEGUNDA EVALUACION DE PORTALES DE OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA (POT) DE LOS SUJETOS OBLIGADOS.

ESTA EVALUACIÓN ES RESULTADO DE OBLIGACIONES QUE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA (LTAIPBC) IMPONE EN LO GENERAL A LOS SUJETOS OBLIGADOS EN SU ARTÍCULO 11, ASÍ COMO EN LO PARTICULAR EN SUS ARTÍCULOS DEL 13 AL 21.

EN EL CASO DEL ART. 11, ESTABLECE EN LO GENERAL INFORMACIÓN QUE TODOS LOS SUJETOS OBLIGADOS DEBERÁN PUBLICAR DE OFICIO EN SU POT. EN TANTO QUE EN LO QUE CORRESPONDE A LOS ARTÍCULOS DEL 13 AL 21 ESTOS ESTABLECEN OBLIGACIONES DE ACUERDO A LA PARTICULARIDAD DE CADA UNO DE LOS SUJETOS OBLIGADOS.

EL CONSEJERO CIUDADANO PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, LIC. ADRIÁN ALCALÁ MÉNDEZ DESTACÓ QUE LOS SUJETOS OBLIGADOS CON MEJORES RESULTADOS EN EL CUMPLIMIENTO DE DICHAS OBLIGACIONES SE ENCUENTRAN: EL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, PODER LEGISLATIVO Y EL AYUNTAMIENTO DE TECATE.

“DE ENTRE LOS PODERES DEL ESTADO, EL CONGRESO OCUPA EL PRIMER SITIO, ENTRE LOS AYUNTAMIENTOS, ES TECATE Y ENTRE LOS ORGANISMOS AUTÓNOMOS EL INSTITUTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA”, EXPLICÓ ALCALÁ MÉNDEZ.

EL CONSEJERO PRESIDENTE SEÑALÓ QUE EN ESTA SEGUNDA EVALUACIÓN SE PUEDE APRECIAR COMO LOS SUJETOS OBLIGADOS INCREMENTARON SUS NIVELES DE CUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES DE LA LTAIPBC.

“DEBEMOS RECALCAR QUE TODA INFORMACION QUE POSEAN LOS SUJETOS OBLIGADOS ES UN BIEN DEL DOMINIO PÚBLICO, SEGÚN LO ESTABLECE EL ART. 3 DE LA PROPIA LTAIPBC Y DICHO ARTÍCULO DISPONE COMO REQUISITOS DE LA INFORMACIÓN, A SABER: CLARIDAD, CALIDAD, VERACIDAD OPORTUNIDAD Y CONFIABILIDAD.”

v REALIZAN DIAGNÓSTICO DE UNIDADES DE TRANSPARENCIA DE S. O.

POR SU PARTE, LA CONSEJERA CIUDADANA ERENDIRA BIBIANA MACIEL LOPEZ, DIJO QUE EL OBJETIVO DE REALIZAR EL DIAGNÓSTICO A LAS UNIDADES DE TRANSPARENCIA (UT´S) DE LOS SUJETOS OBLIGADOS FUE PARA CONOCER LAS CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE LA EQUIPAMIENTO Y DEL RECURSO HUMANO CON LA QUE CUENTAN A FIN DE DETECTAR ÁREAS DE OPORTUNIDAD Y GENERAR ACCIONES QUE OPTIMICEN EL DESEMPEÑO DE LAS UT’S Y MOTIVEN EL MEJOR EJERCICIO DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN.

ENTRE LOS RESULTADOS SE PUEDE APRECIAR QUE EN EL 64 % DE LOS CASOS LAS UT´S NO CUENTAN CON COMPUTADORAS PARA CONSULTAR INFORMACIÓN. DE IGUAL FORMA ÚNICAMENTE EN EL 29 % DE LAS UT´S CUENTAN CON BUZÓN DE ENCUESTAS DE SATISFACCIÓN Y RECOMENDACIONES.

IGUALMENTE EL DIAGNÓSTICO ARROJÓ COMO DATO EL QUE LOS TITULARES DE LAS UNIDADES DE TRANSPARENCIA SUELEN TENER ASIGNADAS OTRAS ACTIVIDADES, POR LO QUE ALGUNOS DEDICAN SOLO UN PORCENTAJE A ATENDER SUS UT´S.

“EL DIAGNOSTICO ARROJÓ QUE ACTUALMENTE LAS UT’S CARECEN DE CAPACIDAD INSTITUCIONAL SOLIDA PARA MEJORAR LOS SERVICIOS QUE OFRECE A LA SOCIEDAD POR LO QUE NUESTRAS RECOMENDACIONES ESTÁN ORIENTADAS A MEJORAR EL DESEMPEÑO DE LAS UT’S PARA SATISFACER LA DEMANDA DE LOS USUARIOS, Y ESTO SERÁ POSIBLE CUANDO SE CUENTE CON MEJOR EQUIPAMIENTO Y PERSONAL CAPACITADO”. CONCLUYÓ MACIEL LÓPEZ

v EXPLICAN LINEAMIENTOS DE ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN EN POT´S

YA COMO ULTIMO PUNTO, EL CONSEJERO CIUDADANO TITULAR, LIC. ENRIQUE ALBERTO GÓMEZ LLANOS LEÓN, EXPLICÓ LA CREACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS PARA LA ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO QUE CONTEMPLA LA LTAIPBC.

EL CONSEJERO CIUDADANO LIC. ENRIQUE ALBERTO GÓMEZ LLANOS LEÓN COMENTÓ QUE DE ACUERDO AL ART. 12 DE LA MENCIONADA LEY LOS SUJETOS OBLIGADOS DEBERÁN ACTUALIZAR LA INFORMACIÓN DE OFICIO CONTENIDA EN EL ARTÍCULO ANTERIOR, CONFORME A LOS PLAZOS SIGUIENTES: ANUALMENTE, TRATÁNDOSE DE LA INFORMACIÓN COMPRENDIDA EN LAS FRACCIONES I A LA V; TRIMESTRALMENTE, LA CONTENIDA EN LAS FRACCIONES VI A LA XVIII;DENTRO DE LOS CINCO DÍAS NATURALES A SU EXPEDICIÓN, LA CONTENIDA EN LAS FRACCIONES XVI A LA XIX; Y EN FORMA PERMANENTE, AQUELLA COMPRENDIDA EN LAS FRACCIONES XX A LA XXV.

ADEMÁS DEBERÁN HACER MENCIÓN DE LA FECHA DE ACTUALIZACIÓN LA CUAL CONSISTE EN EL DÍA EN EL QUE SE RENUEVA, MODIFICA O SUFRE ALGÚN CAMBIO LA INFORMACIÓN RELATIVA A ALGÚN TEMA, DOCUMENTO O POLÍTICA GENERADA POR LOS SUJETOS OBLIGADOS. Y DE LA FECHA DE VALIDACIÓN LA CUAL CORRESPONDE AL DÍA EN QUE EL SUJETO OBLIGADO ESTABLECE QUE LA INFORMACIÓN PUBLICADA ES LA VERSIÓN MÁS ACTUALIZADA. . ESTA FECHA PODRÁ SER IGUAL O POSTERIOR A LA FECHA DE ACTUALIZACIÓN.

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