Ø Gobernador, alcaldes y diputados locales quedarían bajo esta figura
Ø Propuesta fue enviada a la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales.
MEXICALI B.C.-.- El grupo parlamentario del PRI en el Congreso del Estado presentó ante el Pleno una iniciativa con proyecto de decreto la cual de aprobarse establecería en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California la revocación de mandato del gobernador del estado, presidentes municipales y diputados locales.
A nombre de la fracción parlamentaria del PRI, el diputado David Lozano Pérez explicó que la propuesta contempla la modificación de los artículos 5, 8, 11 y 68 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California. Y además de los artículos 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80 de la Ley de Participación Ciudadana se agregarían los artículos del 81 al 84.
Lozano Pérez agregó que también se reformarían de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, el artículo 128, la fracción VII del artículo 130, las fracciones XXXIV y XXXV del artículo 145 y la fracción XXI del artículo 155.
Con estas reformas la solicitud de revocación deberá estar suscrita cuando menos por el 10 por ciento de los ciudadanos inscritos en el Padrón correspondiente al Distrito, Municipio, o Estado según se trate de remover, respectivamente, a los Diputados; los Presidentes Municipales, Regidores o Síndicos; o Gobernador.
Durante su participación ante el Pleno, el Diputado inicialista comentó que en el ámbito constitucional, la revocación constituye un procedimiento a través del cual los electores pueden destituir a un cargo público con anterioridad a la expiración del período para el que fue elegido.
“La revocación del mandato constituye un procedimiento que hay que situar en el marco de la democracia directa y en el ámbito de la titularidad de los cargos públicos. En efecto, se trata de la facultad de dejar sin efecto el mandato del titular de un cargo público.”
Explicó que con estas figuras de democracia directa, los representados pueden involucrarse y controlar de mejor manera a sus representantes y evitar que se siga sin escuchar y atender sus demandas.
Las consultas populares pueden ser de distintos tipos, por ejemplo, se encuentran las consultas obligatorias y facultativas u opcionales. Las consultas populares obligatorias a su vez, se dividen en obligatorias automáticas y acotadas.
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