DECLARAN PROCEDENCIA DE LA REFORMA POLÍTICA - TIJUANA NOTICIAS

domingo, 2 de octubre de 2011

DECLARAN PROCEDENCIA DE LA REFORMA POLÍTICA


· Avalan cinco cabildos transformación político-electoral en el estado

· “Se convierte Baja California en el primer estado en dar el paso”: Julio Felipe García

· Instituye el Gobierno de Coalición, iniciativa presentada por el PRI en el Senado, para garantizar gobernabilidad en escenarios de gobiernos divididos

Mexicali, B.C.- Luego de recibir la aprobación unánime de los cinco Ayuntamientos, el Congreso del Estado realizó el pasado viernes la declaratoria de procedencia formal de la Reforma Política donde contemplan la modificación al formato del Informe del Gobernador y la integración de innovaciones como la Iniciativa preferente y la consulta popular, figuras de la Minuta en materia de la reforma política federal que se discute actualmente en la Cámara de Diputados.

La declaratoria se formalizó durante la última sesión del primer año de ejercicio legislativo, para enviar al Ejecutivo del Estado el documento integro para que a la brevedad posible, ordene la publicación correspondiente en el Periódico Oficial del Estado.

El pasado 27 de septiembre, por unanimidad, el Congreso del Estado aprobó una reforma política que considera además, figuras novedosas de participación como la revocación de mandato, consulta popular, iniciativa ciudadana, plebiscito y referéndum; así como la facultad del Gobernador para optar por el Gobierno de Coalición, acordando las políticas públicas convenidas, turnándolas para su registro y seguimiento al Congreso del Estado.

Incluso de mayores alcances que la reforma federal, la de Baja California incorpora mecanismos de control como la ratificación del gabinete del Gobernador o la Moción de Censura de los funcionarios ratificados por el Congreso, que podrá consistir en apercibimiento o remoción del cargo.

El Coordinador de la bancada priísta, Dip. Julio Felipe García Muñoz, recordó que durante el pasado proceso electoral local del 2010, al igual que lo sucedido en el plano federal desde 1997, los bajacalifornianos vivieron una nueva realidad, en la que el Congreso del Estado y el Ejecutivo son de partidos políticos distintos, un gobierno sin mayorías en la que ningún partido puede imponerle al resto su proyecto.

"En aquél momento surgió la necesidad de replantear el marco normativo y así actualizar las instituciones políticas con los instrumentos y los medios para actuar en un escenario de gran complejidad para procesar las diferencias y construir acuerdos", recordó.

Reveló que la iniciativa de reforma política aprobada en el Congreso local y avalada por los Ayuntamientos, tomó como ejemplo la impulsada en el Senado de la República por Manlio Fabio Beltrones Rivera, Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI, aprobada durante su Presidencia en la Cámara Alta y que hoy se encuentra cumpliendo su proceso legislativo en la Colegisladora.

De acuerdo a la motivación del texto del Dictamen, con el Gobierno de Coalición se cierra el último capítulo del paquete de reformas que los partidos políticos presentaron ante el Pleno, con el que se busca que la voluntad general y la suma de todos los actores políticos se conviertan en una fuerza legítima en beneficio del interés social.

Quedaron en el camino varios temas que fueron presentados como iniciativas y que pudieran retomarse al aprobarse la Reforma Política en el ámbito federal, como las candidaturas independientes, la eliminación de diputados de lista y los regidores de minoría.

La reforma política en Baja California busca la modernización del régimen político mediante la rendición de cuentas, fiscalización, transparencia y el acceso de los ciudadanos a la toma de decisiones a través de los mecanismos de la democracia participativa para obligar a los políticos a generar las condiciones que garanticen un mejor futuro para los bajacalifornianos.

Los ejes rectores de la Reforma Política en vigor en Baja California son:

1. Gobierno de Coalición

Se otorga la facultad del Gobernador para optar por este modelo dentro de los 90 días siguientes a la instalación de cada legislatura, acordando las políticas públicas convenidas, turnándolas para su registro y seguimiento al Congreso del Estado.

2. Acotamiento de Fuero Constitucional

La sanción de juicio político será destitución e inhabilitación entre 6 meses a 20 años. En delitos graves, el procedimiento de desafuero se desahoga en un plazo no mayor de 60 días. En demandas del orden civil no existe inmunidad procesal.

3. Sanción a representantes que incumplan promesas

Los candidatos registrarán ante el Instituto Electoral sus promesas de campaña. De acceder al cargo el Instituto dará seguimiento al cumplimiento y emitirá informes anuales, debiendo remitirlos al Congreso del Estado.

4. Revocación de Mandato

Se establece como un derecho de los ciudadanos revocar el mandato de los servidores públicos de elección, por responsabilidad política, responsabilidad penal, incapacidad total y permanente para ejercer el cargo.

5. Ratificación de Gabinete

El Congreso del Estado ratificará al Secretario de Desarrollo Social y al Contralor General de Gobierno.

Cuando opte por el Gobierno de Coalición, el Gobernador someterá a cada uno de los Titulares de las Dependencias del Ejecutivo Estatal por separado a ratificación del Congreso del Estado por mayoría simple de los miembros presentes.

6. Mecanismos de participación ciudadana

Se incorporan en la Constitución instrumentos y mecanismos de participación ciudadana: Consulta Popular, Plebiscito, Referéndum e Iniciativa Ciudadana.

Se plantea el mecanismo de Consulta Popular para ser convocada en temas de amplio interés estatal a solicitud del Gobernador, Dos tercios del Congreso o del dos por ciento de los ciudadanos.

El Instituto Electoral local será el Órgano que organice la consulta.

7. Iniciativa Preferente

Se otorga el derecho al Gobernador de remitir al inicio de los períodos ordinarios dos iniciativas para trámite preferente que serán votadas antes de concluir el período.

8. Mecanismos de Control

Informe presencial del Gobernador, con derecho a réplica de los Grupos Parlamentarios. Los Titulares de las Dependencias del Ejecutivo Estatal, estarán obligados a acudir a comparecer, bajo protesta de decir verdad, ante el Pleno o Comisiones.

Se contempla la Moción de Censura, que podrá consistir en apercibimiento o remoción del cargo en contra de los funcionarios ratificados por el Congreso.

9. Sindicatura Social

Le será asignada la Sindicatura Social al partido político que obtenga la primera minoría en la elección a Presidente Municipal.

10. Candidatura Común

Se incluye en la Constitución del Estado la figura de candidatura común.

11. Creación del Distrito para Rosarito

Crear el XVII Distrito Electoral para Playas de Rosarito, garantizando la representación de todos los Ayuntamientos en el Congreso.

12. Eliminación de Veto de Bolsillo

El Ejecutivo observará los decretos del Congreso en 15 días. Transcurrido ese plazo se publica en el Periódico Oficial dentro de los 15 días siguientes.

Vencido el plazo anterior el Presidente del Congreso ordenará su publicación.

13. Examen Antidoping a candidatos y funcionarios.

Los candidatos a ocupar un puesto de elección popular, se sujetarán a un examen antidoping y los que resulten electos se someten a examen anual obligatorio.

Con carácter obligatorio antidoping a todos los servidores públicos de primero y segundo nivel de los Ayuntamientos y del Gobierno del Estado, así como a los funcionarios del Poder Judicial.

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