Mexicali, B.C.- La Diputada Rosana Soto Agüero presentó una Iniciativa para reformar diversos artículos de la Ley de Edificaciones del Estado, con la finalidad de otorgar respuesta a la creciente demanda social que exige garantizar la calidad de la vivienda y con ello, la seguridad y tranquilidad patrimonial de las personas, mediante el establecimiento de garantías y responsabilidades por parte de los urbanizadores.
La propuesta está respaldada por los grupos parlamentarios del PRI, PVEM, PEBC y PT y en ella se busca modificar la fracción IV del Artículo 2 de la citada Ley, con el objeto de adicionar en su contexto, la figura del “Perito” e incorporar como objetivo de dicha legislación, la “Responsabilidad Civil Profesional de los Responsables de la Edificación” y la “Garantía de la Edificación.”
La Legisladora, representante popular del XVI Distrito local, precisó que dicha “Responsabilidad Civil Profesional” es definida mediante la adición que se formula de los numerales 71 Bis y 71 Ter, mismos que establecen que “sin perjuicio de sus responsabilidades contractuales, las personas físicas o morales que intervienen en el proceso de edificación, responderán frente al propietario o poseedor, de los daños materiales causados en la edificación por vicios ocultos o defectos que se presenten”.
La iniciativa establece además el plazo por el que se responderá por dichos daños materiales y también se contempla que las acciones para exigir la responsabilidad civil profesional en cita, prescribirán en el plazo de dos años contados a partir de que se produzcan los daños materiales.
Bajo este contexto, es que se propone otorgar un plazo de diez años para que los constructores o desarrolladores respondan a los particulares afectados, por los daños materiales causados en sus viviendas o edificaciones por vicios ocultos o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad de la edificación.
Aunado a lo anterior, se promueve un plazo de cinco años para que se responda por los daños materiales causados en la edificación por vicios ocultos o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones y un plazo de tres años, por los daños materiales por vicios ocultos o defectos de ejecución de la edificación, que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras, con lo que se busca otorgar mayor certeza en el cumplimiento de la garantía y la oportuna detección de los mencionados vicios ocultos o defectos.
La Iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, para su análisis y posterior dictaminación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario